MODIFICADA LA NORMATIVA DE EXPEDICIÓN DEL DNIe PARA PROTEGER A LOS MENORES EN EL USO DE INTERNET
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro Real Decreto del 23 de diciembre de 2005 que regulaba la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.
La finalidad del Real Decreto aprobado hoy es modificar, entre otros aspectos, la citada norma para conseguir una mayor protección de la infancia en el uso de Internet, permitiendo la acreditación de la identidad de los menores por medios telemáticos -DNIe-, pero no el uso de la firma electrónica.
Las modificaciones son las siguientes:
A partir de ahora, la activación de la identificación electrónica será para mayores y menores, pero, la activación de la firma electrónica será únicamente para mayores de edad. La entrega de un documento con el certificado de identificación electrónica activado permitirá proteger a los menores en las redes sociales, ya que son muchas las páginas que solicitan información sobre la edad del usuario.
Se simplifica la primera expedición del DNIe, ya que antes se exigía el certificado de empadronamiento y ahora servirá entregar el volante de empadronamiento, documento que es más fácil de obtener.
Modificaciones técnicas en la toma de impresiones dactilares: en los casos en que no puedan realizarse sobre los dedos índices, por mutilación o defecto físico, se sustituirán por otro.
Teniendo en cuenta que los cambios de fisonomía son muy rápidos, en los menores de cinco años el plazo de validez del DNIe pasa de cinco a dos años. Ello no supone ampliar las cargas administrativas para los ciudadanos puesto que se trata de expediciones voluntarias.
idoia bengoetxea dice
Quiero hacer por primera vez el dni a mis dos hijos de seis años . Me gustaría saber que documentos tengo que entregar a parte de las dos fotos y si tienen que ir conmigo a hacerlo. Gracias.